geneart2 if (!($detect->isMobile() || $detect->isTablet())) { header("Location: https://www.economia.com.mx/los_bancos_obligados_a_informar.htm"); } header("Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1"); ?> Los bancos, obligados a informar.
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Los bancos, obligados a informar.

La Condusef (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros) en el Art. 4º de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, explica que la publicidad de un producto debe ser clara. En contratos, recomienda poner especial atención en cláusulas referentes a comisiones e intereses.   

Como usuario de cuenta de cheques, cuentas de ahorro, tarjetas de crédito, ¿realmente conoces los contratos que has firmado, bien al abrir una cuenta de cheques, una cuenta de ahorro (y hasta en su momento a la apertura de un contrato de inversión), al obtener un servicio de tarjeta de crédito? ¿Conoces los beneficios derivados de la firma de contratos por la prestación de ese tipo de servicios por parte de una institución bancaria?   


Todo este tipo de servicios deberán ser dados a conocer a sus clientes al momento de la firma de contratos con los bancos.    

A fin de que dichos servicios y la información proporcionada por los bancos, la Condusef a partir del mes abril pasado de este año, la estará calificando, considerando que cada día se incrementa el número de usuarios de este tipo de servicios.   

Y considerando que a la fecha, efectivamente localidad de los servicios sea buena (o muy buena), la Condusef recomienda que se deberá tomar en cuenta entre otras situaciones las siguientes:   

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